Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL


555
Legislatura: 1871-1872 (Cortes de 1871 a 1872)
Sesión: 22 de mayo de 1871
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones 41, 1.013 a 1.016
Tema: Reglamento

El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): Imposible, señores, sería darse cuenta de la razón que ha promovido el tumulto que ha tenido lugar desgraciadamente aquí esta tarde: imposible, repito, sería, porque ese tumulto sólo puede ocurrir en un Parlamento cuando se ataca de una manera evidente y palmaria el derecho de las minorías, y cuando las minorías no pueden volver por sus derechos. Pero, señores,¿qué ha pasado aquí, y qué pasa? (Varios Sres. Diputados: Nada) Pues nada; no pasa nada de particular, y esto, cuando se lea después de pasado algún tiempo, se admirarán los que lo lean de que haya dado motivo al escándalo que ha ocurrido en la Cámara. (Rumores)

El Sr. PRESIDENTE: El Congreso ha oído con silencio a un Diputado de la oposición, y ahora debe oir con el mismo silencio al Sr. Ministro que está en el uso de la palabra.

El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): Sres. Diputados, si tan cargados creéis estar de razón y de justicia, ¿por qué no oís la razón y la justicia de los demás, después de haber dejado oír la razón y la justicia vuestra?

¿Y qué ha pasado aquí esta tarde? Pues ha pasado que un individuo de la mayoría, en uso de su derecho, ha presentado una proposición que no es de reforma reglamentaria, que nada tiene que ver con la reforma del Reglamento, que no reforma ningún artículo del Reglamento.(Murmullos.)

Los que me interrumpen no saben siquiera lo que dice la proposición: no la han leído; tengo la seguridad de que no la han leído.

Señores, las Cortes, apenas constituidas, han aprobado un Reglamento más o menos bueno, no discutamos sobre esto; pero han, aprobado provisionalmente un Reglamento, sin perjuicio de introducir las modificaciones que la experiencia haya acreditado como buenas; pero han creído ver en este Reglamento que no estaba prevista una cosa que antes de hacerse el Reglamento no existía; han creído que un Reglamento hecho por unas Cortes Constituyentes provisionalmente para que rigiese provisionalmente y deprisa, no podía de ninguna manera preverse en él el modo de reformar la Constitución, en el caso de que antes de hacerse el Reglamento hubiera habido en este país Constituciones reformables.

Pero es más: aun cuando este Reglamento se hubiera hecho para que las Cortes ordinarias pudieran modificar lo que las Cortes Constituyentes hubieran hecho, no podía haberse previsto en ese Reglamento nada relativo a la reforma de la Constitución, puesto que todas nuestras Constituciones anteriores, excepto la del año 12, no eran reformables según ellas mismas.

Pues bien, señores; si es verdad, y yo me dirijo a la conciencia de todos, a la buena fe de todos, a la sinceridad de todos; si es verdad que en el Reglamento de 1854, hecho por las Cortes Constituyentes para regir provisionalmente sus sesiones, mientras se hacía otro, no estaba previsto el procedimiento, el modo de reformar la Constitución, ¿qué Constitución se iba a reformar según este Reglamento, si precisamente se hacía para establecer la manera de formular la Constitución? ¿Qué Constitución se había de reformar, si la anterior no era reformable; si el Reglamento de 54 se hizo provisionalmente para regir las sesiones de aquellas Cortes, y no pudieron, por consiguiente, prever ninguna reforma constitucional?

Pues bien, ¿qué han hecho las Cortes ordinarias cuando se han encontrado una Constitución reformable? Lo que debían; subsanar esa falta. Esto es sensato, es prudente, es previsor. Las Cortes españolas no habían de ser insensatas, ni imprevisoras, ni imprudentes, y en su primera reunión, después de constituidas, acordaron acudir a esta necesidad, a determinar el procedimiento que hay que seguir para cumplir el artículo constitucional. Con este objeto se presentó una proposición que siguió los trámites de Reglamento; se encuentra ya el dictamen sobre la mesa, y puede discutirse mañana mismo. ¿Y no es prudente, no es sensato, no es circunspecto el acordar que mientras ese dictamen se discute, que repito que puede hacerse mañana mismo, y en el que se traza el procedimiento que ha de seguirse para la reforma constitucional, no se ocupe la Cámara de nada que se refiera a esa reforma? Esto es prudente, es sensato, es patriótico; y no sé cómo ni con qué razón pueda calificarse como presión de la mayoría contra la minoría, ni de golpe de Estado parlamentario, ni de qué sé yo cuantas cosas más que se han dicho aquí esta tarde por los señores de la minoría. Oigo calificarlo de infamia, y no quiero pronunciar la palabra, porque no es digno de este sitio, ni menos de la persona que la ha dicho. (El Sr. Marqués de Albaida pidió la palabra para una alusión personal.)

Señores, despojemos la cuestión de toda pasión política, discutámosla tranquila y fríamente, y díganme los Sres. Diputados, y mañana dirá el país si ha habido motivo para lo que aquí ha pasado, porque algunos señores hayan creído, en uso de su derecho, conveniente subsanar esa falta natural en un Reglamento provisional formado para una época dada. Aquí no se trata de reformar alguna especial del Reglamento, sino de un punto que no está previsto en ese Reglamento provisional.

¿Dónde está, pues, la reforma del Reglamento? ¿Qué menos puede pedirse sino que no se discuta asunto tan grave como el de una reforma constitucional hasta que no se consignen los trámites en el Reglamento? ¿Qué prisa tenéis? ¿Necesitáis discutirlo esta misma tarde? ¿Para qué y por qué? ¿Es eso patriótico, es ni siquiera digno de ninguna fracción de la Cámara? ¿Es ni siquiera leal? Señores, no lo digo yo, pero temo que mañana se diga fuera de este sitio, que lo que aquí se defiende con un calor tan inusitado, que lo que aquí se defiende con el atropellamiento con que esta tarde se han defendido ciertos derechos que se creían vulnerados, no es el derecho de la discusión sino el derecho del escándalo. Repito que esto no lo digo yo, pero pudieran decirlo fuera de aquí, puesto que no ha habido motivo alguno para nada de lo que aquí ha pasado. ¿Por qué no hemos de ser francos? Tenga cada cual las opiniones que crea convenientes, manifiéstelas con toda la convicción de que sea capaz; pero tengamos calma, tengamos prudencia, que al fin estamos sentados en estos bancos como legisladores del país. ¿Dónde está aquí la calma, cuando se ha ahogado la voz de un Diputado de la mayoría que se ha levantado con derecho perfecto a pedir lo que se pide en esta proposición, a saber: que mientras no haya un procedimiento para variar la ley fundamental del Estado; mientras las Cortes, que somos nos otros, que sois vosotros, que somos todos, determinan el procedimiento para hacer esa reforma, no se trate de [1.013] cosas que no estén previstas en el Reglamento?¿Dónde está aquí el golpe de Estado? aquí no hay nada que no sea patriótico, prudente y sensato, y no puede ser motivo bastante para que la minoría se levante y ahogue la voz de un Diputado de la mayoría. Porque, en resumen, y esto quiero que conste bien, un Diputado de la mayoría se ha levantado en uso de su derecho y no ha podido sostener su proposición; se le ha hecho enmudecer, y ha tenido que sentarse sin que tengamos el gusto de oír sus razones, que siempre serían con más lucidez expuestas que lo estoy yo haciendo en este momento.

Esta es la verdad, señores; esta es la verdad; yo siento que os duela, pero esto es lo cierto, porque vosotros, que llamáis intransigente a la mayoría, va a resultar que sois los únicos intransigentes. (Risas en los bancos de las minorías.) Reíros, pero este es el hecho, ésta es la verdad. Un Diputado de la mayoría se ha levantado en el pleno goce de su derecho a tratar de la conveniencia de suspender algún artículo del Reglamento, y su voz ha sido ahogada y su discurso no puede constar en el Diario de las Sesiones, y se ha tenido que sentar sin que hayamos oído sus rezones. En cambio se ha levantado un Diputado de la minoría, el Sr. Figueras, a apoyar su proposición, y todos le hemos oído, y le hemos oído con gusto, con reposo, con tranquilidad y a satisfacción de todos. Resultado, señores, que la minoría ha ahogado la voz a la mayoría, y que la mayoría no ha ahogado la voz a la minoría. (Murmullos.) Pero ¿qué más, si pretendéis hacerlo ahora? (Interrupciones).¿Por qué me interrumpís?

Pero el Sr. Figueras, queriendo hacer efecto, trayendo a la memoria otras reformas, nos ha recordado las que ha propuesto varias veces el partido moderado, y particularmente la última, la del año 66, me parece Pero, Sr. Figueras, discutamos de buena fe. ¿Tiene algo que ver aquella reforma con esta reforma que propone ahora la mayoría a un Reglamento provisional? (EI Sr. Figueras: Lea S. S. el art. 111 del Reglamento.) Yo lo voy a leer; yo leeré todo lo que S.S. quiera, porque deseo que S. S. esté tan tranquilo como yo, para que se persuada de la sinrazón con que S. S. ha procedido esta tarde.

Señores, ¿qué significaba la reforma del año 66? ¿Es que se trataba entonces de modificar o de ampliar aquel Reglamento, porque no estuvieran previstos todos los medios necesarios para la tramitación y discusión de las leyes? No: todo estaba previsto. Aquella reforma no tenía otro objeto que imposibilitar la iniciativa del Diputado para las leyes comunes, para las leyes ordinarias, para las leyes movibles, para las leyes que todos los días pueden cambiarse y que a veces es conveniente se cambien. Aquel Reglamento, Sres. Diputados, establecía que todo pensamiento legal, que todo proyecto o proposición de ley debido a la iniciativa del Diputado, fuera por uno, fuera por muchos, fuera por pocos, pasara a las secciones, y que no podía apoyarse en el Congreso si cinco de las siete secciones no autorizaban su lectura, siquiera fuese una proposición de ley para reglamentar el ejercicio de la caza o de la pesca.

Pero hay más, señores, no era esto sólo. Esas proposiciones pasaban primero al Gobierno con dos días de anticipación y el Gobierno había de dar el pase. Es decir, que con aquella reforma del Reglamento que proponía el partido moderado, con el cual, sin embargo, se entienden S.SS. muy bien en algunas cosas ahora, lo que se hacía era ahogar en absoluto la iniciativa del Diputado para todo, absolutamente para todo. Y se ahogaba, señores, hasta tal punto la iniciativa del Diputado, que se limitaba el derecho de interpelación. Y por último, los proyectos del Gobierno no pasaban a las secciones, sino que se discutían directamente por el Congreso. ¿Tiene algo que ver, señores, esa reforma que tiende a ahogar en absoluto la iniciativa del Diputado, con la reforma que la mayoría propone, cuyo dictamen está, sobre la mesa, y que no pretende más que a dar mas interés, más solemnidad, más garantías a la ley fundamental del país, porque al cabo la Constitución es la base sobre que descansan todas las demás leyes? ¿Es que queréis, Sres. Diputados, que nosotros, y particularmente los que venimos de las Cortes Constituyentes, no demos alguna más importancia a la ley fundamental del Estado, que a una ley cualquiera, que a una ley común, que a una ley de todos los días, que a una ley, por ejemplo, para ejercer la industria de la pesca o de la caza? Señores, ¿es justo que la ley fundamental del Estado, que la Constitución política del país, de suyo permanente, en cuanto pueden serlo las cosas humanas, y mucho más las leyes políticas, se someta a la misma tramitación y a las mismas formalidades para su reforma que las leyes comunes? Señores, esto no es justo, y cuando lo vea el país, tengo la seguridad de que me ha de dar a mí la razón contra vosotros.

Llamáis golpes de Estado, llamáis golpes parlamentarios todo lo que no os agrada, a todo lo que no satisface vuestra pasión del momento, a todo lo que no satisface vuestros caprichos.

Algo mas sería golpe de Estado el peligro constante de que la Constitución pudiera ser discutida todos los días y pudiera quizá ser cambiada en uno de esos momentos de exaltación que se apodera de los Parlamentos en ocasiones dadas, porque ni los Parlamentos están exentos de esas exaltaciones políticas que acometen a los individuos.

Por consiguiente, ¿qué es lo que quiere la mayoría con esa proposición de reforma del Reglamento? Lo que quiere es dar algunas más garantías a la ley fundamental sobre que descansa la organización política del país. ¿Y qué garantías son esas? La de la mayoría. A la mayoría se apela: la mayoría ¿es la que puede reformar la Constitución del Estado? Pues se dice: si la mitad más una de las secciones autorizan la lectura de una proposición que tenga ese objeto, discútase. Cuidado que no es la mayoría absoluta del Parlamento, sino la mayoría de los Diputados, después de verificado el sorteo de las secciones. Pues bien, todo se reduce a que no podrá darse cuenta de esa clase de proposiciones mientras no se vea de una manera clara, palmaria, manifiesta, la opinión de los Diputados en las secciones; mientras no haya la mitad más una de las secciones que autoricen su lectura. Pues yo puedo decir al Sr. Figueras y a todos los republicanos que no hay ninguna Constitución en el mundo, ni en Europa, ni en América, ni en los países más despóticos, si es que puede llamarse Constitución lo que allí hay, ni en los pueblos más liberales y republicanos, que exija para su reforma tan escasas garantías como la de España: que en ningún país del mundo es tan fácil reformar la Constitución del Estado como en España.

Y es más, señores: a medida que los países son más liberales, a medida que son más republicanos, ponen más trabas, ponen más dificultades para la reforma constitucional; y, sin embargo, esos señores que se dicen más liberales que nosotros, más demócratas que nosotros, esos señores que se dicen republicanos; quieren [1.014] menos garantías para reformar la Constitución que las exigen todos los Estados de Europa y de América, porque repito que cuanto más liberal es un país, mayores garantías se exigen para la reforma de la Constitución en todo o en parte.

Señores, iqué diferentes garantías, y no quiero hablar de las Monarquías, qué diferentes garantías las que exige esa sencilla reforma del Reglamento, de las que se exigen en los Estados-Unidos y en Suiza para la reforma de sus respectivas Constituciones!

Pero es que se dice: " Ah, señores, es que ahora no hay necesidad de nada de eso, es que ahora la Constitución es reformable cuando se quiera y como se quiera, porque así lo han acordado las Cortes Constituyentes, y ese es un caso nuevo no resuelto por las Cortes Constituyentes, y es un caso que tampoco se ha resuelto en otras partes!" El que esto dice no sabe lo que existe en otras partes; porque no es cierto que nosotros hayamos hecho lo que no se ha hecho en otras partes; no es cierto que nosotros usemos de medios que no han usado en otras partes. Pues bien, esto es simplemente un error de los que no conocen las demás Constituciones. Porque no hay ninguna Constitución, desde la democrática de Bélgica hasta la federal de Suiza, en que no esté declarada la reforma de la Constitución en la Constitución misma; pues no sólo son reformables las Constituciones monárquicas de Europa, sino que lo son también las republicanas de Europa y de América; de manera que en ese punto la Constitución española no ha ido mas allí que ninguna de las otras Constituciones. En lo que queréis ir mucho mas allí es en que la Constitución del Estado pueda y deba todos los días discutirse, ponerse en tela de juicio y modificarse. En eso vais mucho más allí que los demás Estados; y todavía os quejáis, y queréis ir mas allí que los Estados republicanos; porque estos son los que más garantías tienen para variar, para modificar, para alterar los artículos de su Constitución.

¿Saben esos señores republicanos federales lo que se exige para variar la Constitución Suiza, la Constitución de aquel pueblo federal? Pues dadme la mitad de esas garantías, y desde ahora renuncio a la reforma del Reglamento. Señores, son tales y tan grandes y extraordinarias las garantías que se exigen en Suiza para variar la Constitución, que casi es imposible modificación alguna.

Pues si esto es así, señores, ¿por qué hemos de ser tan soberbios, y por consiguiente tan ridículos, debo decirlo, que queramos ir más allí de donde llegan en este punto Suiza, los Estados-Unidos, y en fin, los países más democráticos? Y el que nosotros, el que la mayoría pretenda que no vayamos más allá, que siquiera nos quedemos donde ellos están (y todavía nos quedamos mucho más allá), ¿es esto para alarmar a los señores de la minoría, para excitar su bilis hasta el punto de no dejar hablar a un Diputado de la mayoría, hasta el punto de promover la confusión que se ha promovido esta tarde? ¡Ah, Sres. Diputados! Yo lo digo sinceramente: cuando se examine fríamente lo que ha pasado esta tarde, y el motivo que lo ha producido, nadie se lo va a poder explicar, porque es imposible que nadie se lo explique.

A ese Sr. Diputado de la mayoría, los señores que le impugnaban, debían haberle dejado hablar y haberle combatido con las razones que ha expuesto muy bien el Sr. Figueras; y entonces la mayoría hubiera hecho lo que hubiera tenido por conveniente.

Se ha dicho que este era un golpe de Estado. ¿Qué clase de golpe de Estado es éste? ¿Qué libertad, qué derecho se arrebata al país? ¿0 es, señores, que no se puede acordar ni discutir nada más que lo que a las minorías convenga? Pero en un país monárquico como es éste hoy, ¿qué es lo que se pide? Pues se pide, señores, ni más ni menos, y todavía menos que más, lo que exigen los países más democráticos y libres para no variar su Constitución todos los días. Porque la verdad, es, señores, que es preciso que el país vea que hemos salido del período constituyente, que hemos entrado en el período

constituido, para que de esta manera haya reposo, haya tranquilidad, haya orden; porque sin esto ni hay libertad, ni hay derechos individuales, ni hay nada.

Y ¿a qué tiende, pues, esta proposición? A que el país entienda que ya estamos en el caso de afianzar lo constituido, que hemos salido del periodo constituyente, que ya no hay dudas, que ya no hay temores, que ya no hay vacilaciones, y quE poco a poco, porque todo lo humano es imperfecto, el tiempo nos irá haciendo conocer cuales son las reformas que se deben introducir en las hechas por las Cortes Constituyentes.

¿Y a esto se llama golpe de Estado? ¡Ah, señores! Los golpes de Estado son una cosa terrible para los pueblos; pero cuidado que los golpes de Estado pueden venir también porque los quieran traer los que los temen, y los que todos los días los declaman. Los golpes de Estado pueden venir a curar males que se crean ya incurables, y es necesario que no se haga creer ya al país que tiene males incurables, porque entonces no es que los golpes de Estado los traigan los que gobiernan, sino que los traen los gobernados; porque entonces el país no puede acostumbrarse a vivir dentro de la ley, porque lo prefieren todo a la anarquía que devora la prosperidad y la riqueza del país.

Dispénseme el Sr. Figueras si no he seguido en mi peroración el curso de su discurso, porque me había olvidado que había tomado apuntes.

Señores, me ha hecho pedir la palabra el Sr. Figueras cuando ha dirigido al Gobierno el cargo de tener impaciencia por traer esta cuestión. El Sr. Figueras decía: " el Gobierno estaba tan impaciente y tenía tanto deseo de que se tratara esta cuestión, que ha tenido que pedir transacción. (El Sr. Figueras: Tregua.) Bien, que ha tenido que pedir tregua al representante del partido legitimista para que no apoyara su proposición.>" [1.015]

Su señoría está completamente equivocado; el Gobierno no ha pedido tregua nadie; y tan cierto es esto, que aquí tengo los papeles para la discusión. Como yo soy un hombre leal y noble para la discusión, se me ha aproximado el Sr. Nocedal a preguntarme si el Gobierno estaba dispuesto a traer esos papeles referentes al asunto sobre que tenía necesidad de hablar, y yo le he contestado que si necesita esos antecedentes para hablar con más conocimiento de causa en la cuestión, yo me alegraré mucho que esos papeles vengan a darle el cúmulo de datos necesarios para levantar sobre ellos la discusión con el talento que le distingue; pero sepa S. S., dije al Sr. Nocedal, que yo estoy dispuesto a contestar en el acto. Así, pues, si no quiere S. S. que lo haga inmediatamente, se aplazará la discusión, para la cual le voy a suministrar datos que no podía tener; pero el Gobierno tiene los mismos datos hoy que ha de tener mañana, que ha de tener pasado mañana.

Yo, digno y franco adversario, he creído conveniente esa tregua para discutir esa cuestión; y yo no sabía si después de la proposición del Sr. Nocedal iba a venir ésta, porque como hay otras varias proposiciones, creía que sus autores las iban a apoyar; precisamente creo que el Sr. Marqués de Albaida hay tres o cuatro proposiciones. Por consiguiente, no ha habido tregua concedida por el Gobierno, al partido legitimista, ni trato de ninguna especie con mi amigo particular el Sr. Nocedal, a cuya buena fe y lealtad no tengo necesidad de apelar en este momento, porque espero que me creerán todos los Sres. Diputados.

Y dejo mis apuntaciones. S. S. nos ha dicho que la proposición que tenían presentada varios señores de enfrente tiene por objeto aprovechar este pequeño interregno, para discutir lo que nosotros no queremos que se discuta; y en este supuesto cree S. S. que nosotros somos los enemigos más encarnizados que tiene la obra de las Cortes Constituyentes. No, Sr. Figueras; nosotros no tenemos temor a que se discuta eso. ¿Por qué lo hemos de tener? Pero tememos que el país se disguste de este no saber nunca dónde vamos a parar; tememos que el espíritu publico se impresione; tememos que el sentimiento del país se retraiga; porque yo sé bien, y debe saberlo el Sr. Figueras, que no es ese el sentimiento del país: que ya, señores, mientras las oposiciones se reunían para firmar esa proposición de ley, quizás para traer aquí a discusión lo que no debe discutirse según la Constitución, lo que la Constitución hace inviolable, los Reyes de España se entregaban confiadamente al pueblo de Madrid en su fiesta más popular; gentes de todas clases, edades y sexos iban a saludar a sus Monarcas, y no dejaban marchar el coche, sino que le llenaban de flores y de objetos peculiares de la popular romería como expresión de su cariño. (Risas por parte de algunos Sres. Diputados de la oposición.)

Ríanse S. SS. como quieran. ¿Dónde está entonces el pueblo? ¿Con vosotros cuando hacéis esa proposición, o con los Reyes de España cuando son aclamados de esa manera? (El Sr. García López: Luego lo veremos.) (Grandes rumores.)

Hubiera ya concluido si no hubiera oído un aparte que ya estoy cansado de oír: luego lo veremos. Créanme los señores de enfrente: no vienen bien esas amenazas; no hay día, no hay discurso, no hay peroración, no hay momento, venga bien o venga mal, en donde no se traigan esas amenazas. Se levanta un Sr. Diputado y declara explícitamente que el derecho de insurrección lo tienen todos, lo tenemos todos, y que hoy mismo no tendrían inconveniente en insurreccionarse si tuvieran medios; pero que no lo hacen porque no tienen medios, porque no tienen confianza; pero que el día que este en su conveniencia, se echaran al campo. Se levanta otro Sr. Diputado y dice: un gobernador interrumpe arbitrariamente el derecho de asociación, en su opinión, porque interrumpe las asociaciones malas, las asociaciones criminales; pero como ellos son los jueces de la conducta de las autoridades, dicen: " esa autoridad atropella mis derechos; pues como siga atropellándolos el pueblo se va a levantar. " Y ahora viene el luego veremos. ¿Qué hemos de ver luego? (El Sr. García López: Pido la palabra para una alusión personal.) Yo me alegro que haya pedido S. S. la palabra, porque tengo ganas de saber lo que hemos de ver luego; porque hay ciertas cosas que se hacen, pero que no se dicen, y mucho menos se dicen en el Congreso. Pero, en fin, puesto que el Sr. García López ha pedido la palabra, deseo saber qué es eso que luego veremos para contestarle yo lo que crea conveniente. Siempre será agradable lo que conteste S. S., y espero que no ha de ser desagradable lo que diga ahora. Aguardo, pues, a que S. S. nos explique eso que podría ser una amenaza, no al Ministerio, sino al Gobierno del país, porque esa amenaza hecha ante el Congreso, hecha ante el Gobierno del país, puede traer consecuencias fuera de aquí; puede comprometer a muchas gentes que después lo tengan que pagar muy caro, cuando quizás aquellos que los patrocinaban, y en esto no me refiero a S.S. se esconda o se fuguen.



VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL